En el Perú, la prohibición de la pena de muerte está establecida en la Constitución Política del Perú y en diversos tratados internacionales de derechos humanos a los que el país se ha adherido.
Constitución Política del Perú
Artículo 140
- «La pena de muerte sólo puede aplicarse por el delito de traición a la patria en caso de guerra, y el de terrorismo conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada.»
Este artículo establece una excepción muy limitada para la aplicación de la pena de muerte, restringiéndola a casos específicos como el de traición a la patria en tiempos de guerra y terrorismo, conforme a la legislación interna y a los tratados internacionales.
Tratados Internacionales
El Perú es signatario de varios tratados internacionales que promueven la abolición de la pena de muerte o que restringen su uso de manera significativa:
Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José)
- Artículo 4. Derecho a la vida
- «1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.»
- «2. En los países que no han abolido la pena de muerte, ésta sólo podrá imponerse por los delitos más graves, en cumplimiento de sentencia ejecutoriada de tribunal competente y conforme a una ley que establezca tal pena, dictada con anterioridad a la comisión del delito. Tampoco se extenderá su aplicación a delitos a los cuales no se la aplique actualmente.»
- «3. No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido.»
- «4. En ningún caso se puede aplicar la pena de muerte por delitos políticos ni comunes conexos con los políticos.»
- «5. No se impondrá la pena de muerte a personas que, en el momento de la comisión del delito, tengan menos de dieciocho años de edad o más de setenta, ni se la aplicará a las mujeres en estado de gravidez.»
- Artículo 4. Derecho a la vida
Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
- Este protocolo, adoptado por las Naciones Unidas, tiene como objetivo la abolición de la pena de muerte y establece que los Estados Parte se comprometen a no ejecutar a ninguna persona y a tomar todas las medidas necesarias para abolir la pena de muerte dentro de su jurisdicción.
Situación Actual en el Perú
Aunque la Constitución del Perú permite la pena de muerte en casos muy específicos, en la práctica, el Perú no ha aplicado la pena de muerte desde hace décadas. El país se ha alineado con la tendencia global de abolir o restringir severamente el uso de la pena capital, reflejando un compromiso con los derechos humanos y el derecho a la vida.